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viernes, abril 26, 2024

Carnés celebra la centenaria Faguía

Carnés celebra este sábado la tradicional Faguía con el reparto de cientos de raciones de callos, fiesta declarada de interés turístico de Galicia y el evento gastronómico más antiguo de España, con más de cuatro siglos de antigüedad. Es el día de la víspera del patrón san Cristovo, que se inicia con la misa a las siete de la tarde y la procesión que lleva al santo hasta A Cerca el centenario recinto en donde a las 20.00 horas se inicia el reparto de callos.

Esteban Pérez es el presidente de la asociación cultural que saca adelante la fiesta y que junto a un batallón de voluntarios llevan desde el viernes las ocho de la mañana cortando carne y ayudando al cocinero jefe Fructuoso Mouzo. Este año un san Cristovo de casi dos metros da la bienvenida a los asistentes a la plaza de las fiestas y al atrio de la iglesia parroquial.

Son 300 kilos de garbanzos, que llevan a remojo desde el víspera a última hora de la tarde, 150 de patas de ternera, otros tantos de cerdo, 150 de vientre, 200 de costilla (la mitad de cerdo e otra tanta de ternera) y 50 más de chorizo que se cuecen en dos tandas en una veintena de ollas de 50 litros cada una. Cerca de 2.000 raciones se reparten este día, en una fiesta nacida en 1608 que suele durar hasta la madrugada cuando da paso a la verbena. En Carnés en Vimianzo el fin de semana empiezan con los festejos de san Cristóbal. El sábado 9 de julio, día de la centenaria Faguía, a la noche, verbena con Cinema y Factory disco móvil. El 10 de julio, día del patrón es el turno de la verbena con París de Noia y Alianza. El 11 de julio san benito actúa Xacobeo y la gran atracción de Medina Azahara, uno de los referentes del rock andaluz. El 12 de julio actúan otras dos grandes orquestas gallegas, Los Satélites y Fania Blanco Show.

En cuanto a la faguía sus inicios son centenarios como explica la vicaria general de la cofradía de san Cristovo María del Pilar Mouzo «O seis de xaneiro de 1608, dia de Reis, reunidos todos os fegreses de Carnés dentro da igrexa en forma de cabildo ordenan a creación dunha confraría. Entre as clausulas dos estatutos da entidade figuran a de facer una comida para os cofrades e a de nomear un mordomo cada ano con catro fegreses que lle axuden, aos que logo tamén se lle dá nome de mordomos, ainda que só un se encarga das contas co rector. 80 cofrades formarán parte da primeira colla». Este es el nacimiento de la faguía o fagía, una comida de cofrades de una orden religiosa, una comunidad de feligreses; pero que como explica Mouzo «no Antigo Rexime significaba algo mais ca iso. Tanto o mordomo como a confraría estaban fortemente vinculados a parroquia e a sociedade.

Tiñan asemade apoio do señor e da xustiza. E estas fortes raices foron as que a mantiveron en pé ata a metade do século XX, incluso despois da desaparición oficial dos libros parroquiais. Xa desde os primeiros anos unha cantidade das entregas vai para unha comida dos pobres, un aspecto que co correr do tempo deulle sona a festa no entorno. Temos nestas primeiras citas no Libro da Confraría de 1609-1710 que por exemplo de 15 ferrados recaudados, un vai para os esmolantes». En el siglo pasado, la comida era arroz y carne y se daba una vianda a los pobres de solemnidad que «xantaban» al lado del párroco y los pudientes del entorno.

La constitución de la «confraria do noso señor san Cristovo de Carnés» en 1608 detalla estas circunstancias:

«El 6 de enero de mil seiscientos y ocho, reunidos todos los feligreses de San Cristobal de Carnés dentro de la iglesia en forma de cabildo, presididos por el Bachiller don Alonso López, su rector, a fin de fundar una nueba cofradía de San Cristobal bajo el beneplácito de su illma el sr Arzobispo de esta diócesis, procurando en un todo la maior utilidad y aumento de la cofradía y culto divino. Formaron las constituciones y ordenanzas siguientes y suplican umildemente a dicho illmo sr arzobispo o al sr provisor en su (nombre) interponga su autoridad judicial que obliguen en juicio y fuera de el y son como siguen:

1º Ordenamos que en cada mes se diga una misa rezada por los cofrades vivos y difuntos por el estipendio de costumbre.

2º Ordenamos y mandamos al sr rector que es o fuere de este beneficio sea cofrade nato sin que contribuia con cosa alguna y como tal le dará el mayordomo un cuarto de baca, ferrado de pan cocido y una olla de vino la víspera de la fiesta.

3º Ordenamos que al mismo rector se le den veinte y dos reales a fin que tenga en celo y cuidado para que la cofradía vaya en aumento además de sus correspondientes derechos.

4º Ordenamos que a cualquier vecino de esta parroquia que se halle enfermo aunque no sea cofrade estén dos libras de cera labrada en cirios en la yglesia para llevar encendidos acompañando al Santísimo Sacramento.

5º Ordenamos que si acaso se muriese algún cofrade y fuere tan pobre que no tenga con que enterrarse, que a costa de la dicha Cofradía se le de una sábana, una libra de cera y que se le diga misa todo por caridad y servicio de nuestro Señor.

6º Ordenamos que el día del Señor San Cristóbal, cada año, se aga una fiesta de la dicha Cofradía y los cofrade asistan todos a la misa mayor con velas encendidas en las manos, sopena de media libra de cera cada uno que faltare.

7º Ordenamos que dicho día de cada un año, el mayordomo haga la comida para todos a costa de la dicha Cofradía y los cofrades vengan a ella y paguen cada uno para ayuda y aumento de la dicha cofradía, un real y medio ferrado de trigo y el que no viniere pague la dicha limosna enteramente como si se hallase presente ala dicha comida, excepto si tubiese legítimo empedimento como es estando preso o ausente de la dicha parroquia.

8º Ordenamos que en cada un año aya un mayordomo no más el qual nombre el rector con quatro feligreses y abiendo diferencia entre los quatro cofrades sobre el nombramiento del tal mayordomo el rector lo nombre solo, con que sea persona abonada sopena de pagar todo el daño que a la dicha cofradía se le siguiese. Y el tal mayordomo acepte el cargo y aga la dicha fiesta y cumpla con todo lo más que le tocare de las ordenanzas, sopena de quatro libras de cera para la dicha cofradía. Y acabado de hacer la fiesta de cuenta con pago al mayordomo nuevo, la cual cuenta se la tome el rector por delante de cuatro cofrades.

9º Ordenamos que el mayordomo que fuere de la dicha cofradía, venda el trigo que sobrare por el mes de mayo de cada un año y de quenta al precio ordinario y común de la tierra, que entonces corriere y no de otra suerte.

10º Ordenamos que ningún cofrade se pueda salir desta dicha cofradía después de estar admitido y escripto en el libro de la dicha cofradía sopena de seis libras de cera y que no pueda después ser admitido excepto si el tal cofrade se mudase a vibir a otra parte de dos leguas de distancia desta feligresía.

Y para que esta cofradía y sus ordenanzas sean firmes y se cumplan, executen según ellas se contiene damos todo nuestro poder cumplido al mayordomo que fuere cada un año y nos obligamos por nos y por los que adelante fuesen con nuestras personas y bienes asi muebles como raizes de guardar y cumplir estas constituciones y las más que al Sr. Arzobispo o su provisor le pareciere y fuere servido de añadir sopena de las penas en ellas contenidas las quales el tal mayordomo pueda executar en nuestros vienes por su persona o con authoridad de justicia como quisiere y por bien tuviere».

Fotos- Do Mar e Terra, Adiante Galicia, Turgalicia

@AdianteGalicia

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