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miércoles, marzo 20, 2024

El Poder Monástico y Señorial en la Fisterra foral

– Juan Gabriel Satti Bouzas-

La inmatriculación de bienes inmuebles de la Iglesia en España es hoy un tema de candente actualidad, debido al uso de una certificación especial (bastaba con la firma del obispo) que se relaciona con el hecho de que la presencia institucional es muy anterior a la existencia del mismo reino español y por tanto del Registro de la Propiedad. El procedimiento era excepcional, pero la situación también, ya que nos encontramos con que muchos bienes recibidos fueron a través de legados y herencias, que han sido destinados, de un modo u otro a sus fines propios.

Extractos de las cartas forales de Mallas y Vigo en el concello de Fisterra (foto pares.mcu.es)

Galicia es la segunda comunidad con mayor número de bienes inmatriculados, y A Coruña la primera de las provincias españolas, atribuido básicamente a la forma de organización parroquial que detentaba una presencia extraordinaria en el mundo rural desde la Edad Media (hasta los años setenta del siglo XX el 75% de la población gallega vivía en ese ámbito).

En este contexto, El Foro desempeñó un papel fundamental en la valorización de tierras que favoreció al aumento de la riqueza de las diferentes Diócesis repartidas por toda Galicia. Este modelo sirvió, en no pocas ocasiones, de elemento controlador y esclavizador del campesinado gallego que se vio oprimido durante siglos en un trozo de suelo rústico. 

Hecho que se aprecia de forma clara y manifiesta a partir del siglo XVII, por la generalización de una clase burguesa (la Hidalguía) enriquecida a costa del campesinado. En efecto, convirtiéndose en simples intermediarios entre el labrador y el dueño (entre forista y forero), se llevaron un buen porcentaje del beneficio agrario, como especuladores del subforo.

Extracto del foro de Denle en el concello de Fisterra y carátula de los «Documentos del foral de Duyo de la familia Cerbela» (foto J.G. Satti)

Se conservan escrituras de esta índole en Finisterre, hasta su decadencia a lo largo del siglo XIX y su desaparición real a partir del siglo veinte, que nos aportan gran cantidad de información sobre topónimos, parcelas, vecinos, propietarios, producción, rentas, etc.; como los documentos que analizaré a continuación.

A pesar de ser jurisdicción del arzobispo de Compostela con la potestad de nombrar alcalde y juez una vez al año, Fisterra estaba dividida en muchos minifundios administrados generalmente por monjes. Así se desprende de los siguientes contratos que presentamos a modo de ejemplo:

Firma del Arcediano Don Miguel de la Vena (foto J.G.Satti) y sepulcro del mismo en el claustro de la catedral de Santiago según lo dispuso en su testamento (afirma Mª Sánchez-Cantón)// foto frontal galiciapuebloapueblo.blog.

1- Testimonio de Juan Estévez, notario del número del concejo de la villa de Finisterra, heredero de Rodrigo Estévez, su padre difunto, vecino de la dicha villa, diciendo que le pertenecía de censo perpetuo de su padre, otorgado por el administrador del monasterio de Santa Tasia, sito en la diócesis compostelana, la mitad de los agros de Areal y de Mallas, sitos en la parroquia de San Martiño de Duio, pagando cada año, un real de plata; traspasando a García Pequeño, vecino de la parroquia de San Vicenzo de Duio y a María de Castro, su mujer, la mitad de los dichos agros (17-06-1572)

2- Foro hecho por el monasterio de Santa Clara de la ciudad de Santiago a Juan de Noya, vecino de la feligresía de San Martiño de Duio, y a Mayor Castro, su mujer, por sus vidas y dos voces, del lugar que se dice de Mallas, sito en la dicha feligresía de Duio, por precio de veinticinco ferrados de trigo y un par de gallinas (07-01-1585).

3- Foro hecho por el monasterio de Santa Clara de la ciudad de Santiago, a Pedro de Ribas, vecino de la feligresía de San Martiño de Duio, y a Marina de Canosa, su mujer, por sus vidas y dos voces, del lugar que se dice de Pazo de Vigo, sito en la dicha feligresía, por precio de seis cargas y siete ferrados de trigo y un par de gallinas (07-01-1585). Santiago de Compostela

Casa abandona de la familia Valdivieso en Duio, Fisterra (foto meh.es)

4- Foro hecho por el monasterio de Sobrado dos Monxes a favor de Pedro de Santa-María, su mujer, hijos y herederos del “lugar que se dice y nombra de la Ynsua, cito en dicha feligresía de Finibusterre con su casa y propiedades siguientes”. Nombrando fincas tales como Navas, Corvo, Lagares, Bao de Bragadiña, Porcas,  Atalaia, etc. Pagará cada año 30 ferrados de trigo en la panera de Noia, o sino en Corcubión pero con cada ferrado 8 maravedís extra. Tenía además como condición sustentar y alimentar “durante las vidas de Juan de Santa-María y Theresa Vieytes, sus padres” vecinos de la dicha Insua (15-01-1690). Firmado en el monasterio de Toxosoutos por el abad Urbano Romero y fray Cristóbal Fernández. 

A comienzos del s. XVII, según el cardenal Del Hoyo, el arcediano de Santiago (una especie de vicario general) percibía todos los frutos del convento de Santa Tasia, que ya estaba abandonado por las monjas, y pasó a ser residencia de los “arçedianos de Sanctiago, a cuya dignidad se devió aplicar el monasterio con toda su renta”. En auto capitular del 30 de enero de 1531, Pedro Maldonado de la Carrera, como procurador de Diego de Soto, juez de Villestro, intimó al cabildo una provisión del arzobispo Don Juan Tavera «de la mutaçión de la judicatura de Villestro en arcedianato de Santiago».

Esta transformación no significó un mero cambio de nombre, Diego de Soto era familiar del arzobispo Tavera desde 1529 y había sucedido en el juzgado de Villestro a Juan Tavera, sobrino homónimo del prelado, en virtud de unas bulas de Clemente VII. Años después sería oidor en la Real Chancillería de Valladolid y miembro del Consejo Real, instituciones que presidiera el cardenal Tavera. Para luego, con su habitual abuso de poder que ya había colocado y beneficiado a más familiares y amigos, favorecer a su protegido convirtiéndole en arcediano. 

Este nuevo título, Arcediano de Santiago, adquiere las facultades propias de los otros cinco arcedianos territoriales, como, por ejemplo, el derecho de visita a las iglesias de su circunscripción, la jurisdicción de la pedanía y el derecho de presentación de beneficios (“El cabildo catedralicio de Santiago de Compostela en el siglo XVI”, A. Iglesias Ortega-USC 2010).

Extracto de escrituras y nombramiento de Antonio Valdivieso como cabeza de foro del lugar de Escarís (fotos J.G. Satti)

Tenemos así el Foro otorgado por Don Pedro de Samaniego, arcediano y canónigo en la iglesia de Santiago, administrador perpetuo del monasterio de Santa Tasia, a favor de Francisco de Perrúa, vecino de la villa de Finisterra, y a Catalina Díaz Valdivieso, su mujer, por sus vidas y tres voces, de la mitad del lugar que se dice de Denle, sito en la feligresía de San Vicenzo de Duio, por una renta anual de trece ferrados de trigo (08-08-1617).

Los arcedianos en el último cuarto de siglo XVII, especialmente en la crisis 1694-95, potenciarán su actividad económica, comprando y creando vínculos como veremos a continuación con la escritura de Foro del olvidado Lugar de Escarís, en Duio, en el que la hidalga familia Valdivieso saca partido por generaciones de este negocio (sobre esta familia véase “Tres clérigos Valdivieso” y «Recuento de las Casas Nobles de Fisterra I: los Valdivieso«).

El arcediano navarro Don Miguel de la Vena era natural de la villa de Sangüesa, sus padres Manuel de la Bena y Ana Lizuaín, lo bautizaron el 14 de Febrero de 1634 en la Iglesia de Santa María de Sangüesa. En Galicia ingresará en el Economato del Arzobispado regido por Monroy, en los años de 1671, 72, 73 y 74 llevando las cuentas de cada beneficio y fábrica; y culminando su carrera con el nombramiento de Arcediano de Santiago (o Santa Tasia), Provisor y Juez eclesiástico en agosto de 1687.

Vista del abandonado casal de Escarís en Duio, Fisterra (foto .meh.es)

Este buen hombre desde su posición de privilegio llegó a reunir una considerable cantidad de fincas convirtiéndose en un gran terrateniente adquiriendo propiedades en Santo Ourente, anexa al convento de Santa Tasia; Santa Leocadia, San Miguel de Valadares, Santa María de Entíns, San Pedro de Outes, San Lorenzo de Matasueiro (Outes); Santa Baia de Chacín, anexa al arcedianazgo; San Cristovo de Corzón, San Xián de Beba, San Xoán de Mazaricos, Santa Mariña das Maroñas, San Fins de Eirón, Santo Tomé de Os Vaos, Colúns (Mazaricos); San Vicente y San Martiño de Duio y Sardiñeiro (Fisterra); Lires, San Adrián de Toba y Pereiriña (Cee); Santiago de Tal, Louro (Muros); San Cristobal de Mallón (Santa Comba); San Fins de Campelo, Campolongo (Negreira); Olveira (Dumbría); Santa María de Bemil y Caldas de Reis (Pontevedra), etc. según un inventario de documentos del arcedianato de Santa Tasia hecho en 1702.

Miguel de la Vena había creado mayorazgo y vínculo de cada lugar y en su testamento de 1688 y codicilo de 1690 nombra sucesora a su prima “Doña Ana María Monreal y de la Vena, viuda de Pedro de Armendariz de la villa de Enerís del Reyno de Navarra”, que acudió a su compañía para cuidarlo en sus días de enfermedad; y después de esta a Doña María Josefa Cortés de la Vena, hija de su sobrina Doña Catalina de la Vena y Juan de Cortés, voluntad que respeta y cumple Doña Ana incrementando el vínculo con otros bienes raíces, más 800 onzas de plata labrada.

Hórreo de Escarís cuyo tamaño da cuenta de la producción agrícola del lugar. Próximo al mismo estaba el molino que tenía de renta 1 cuartillo de trigo para el arcediano de Santa Tasia (fotos J,G.Satti)

Gran parte de los foros y fincas permanecieron hasta mediados del siglo XX en propiedad de la familia de Don Francisco Javier Cervela que los había recibido de su madre, Carmen Cervela Pardo (hija de D. Juan B. Cerbela, † 1775) de quien Josefa Cortés fue una de sus cuartas abuelas, y es posible que en la casa de los Cervela en San Salvador de Pazos de Arenteiro, donde casó Dª Josefa con D. Andrés de Soto en 1701, queden muebles y otros enseres. Pero de la plata y joyas ni rastro («Una casa compostelana a finales del siglo XVII», María del Pilar Sánchez-Cantón Lenard/CSIC, 1997).

Así es que uno de esos foros era el de Lugar y Casal de Escarís, que en vasco significa lugar de arces (askar-eskar arce, y sufijo –iz); nombre genérico que procede del latín ÇŽcÄ•ris (afilado), referido a las puntas características de las hojas o a la dureza de la madera que se utilizaba para fabricar lanzas. Ya citado por Plinio el Viejo, refiriéndose a unas cuantas especies de arce, escarrio o escarrón. Donde además el convento de Santa Tasia tenía un molino.

Gracias a las copias testamentarias requeridas por el heredero Don Andrés de Soto en 1699, sabemos que la escritura de Foro otorgada por Don Miguel de la Vena, Arcediano de Santa Tasia, a favor de Ana María Monreal en 1690, “del Lugar de Escaríz, sito en la feligresia de san Vizente de Duio”, tenía una renta de “40 ferrados de trigo para el Arcidianato pagaderos en la Villa de Ce”. Y a su vez Doña Ana, en 1694, recibe por razón de subforo de “Fernando Perez Baldivieso, escribano de su Majestad, vecino de Villa de Finibusterra, Domingo Marcote, Alberto Casas, y Domingo Paz vecinos de dicho Lugar de Escaríz”; 84 cargas de trigo de renta cada año y doce pescadas curadas, puestos en la ciudad de Santiago.

Fachada de una de las casas abandonadas y el primitivo camino de carro que iba de Escarís a Fisterra entre montes y aldeas (fotos J.G.Satti)

Don Francisco Javier Cervela presenta ante escribano público en 1815 una escritura de 25 de junio de 1760 del Foro de Escarís, otorgada por D. Antonio Gundín (como apoderado de D. Andrés de Soto) y D. Antonio Ramón Valdivieso que incluía copia de otra de 1758 que nos permite saber que: “Don Antonio Ramón Valdivieso Montenegro y Caamaño, vecino de dicha feligresía, heredero y sucesor legítimo de D. Fernando Pérez Valdivieso su abuelo y forero de un tercio de este dicho lugar de Escarís, de que es poseedor y llevador in solidum, y pagador de la renta”. Ya en 1743 vimos al cura Mateo Pérez Valdivieso otorgar a favor de su capilla de Nuestra Señora del Buen Suceso, el lugar de Castromiñán con su renta que “donó y dotó a la citada capilla” (véase “Dos advocaciones marianas para una capilla de Fisterra”).

Continúa la escritura con los herederos de Domingo Marcote: “Fernando Marcote y Benita Blanca viuda de Domingo Trillo, hijos legítimos de D. Domingo Marcote difunto de quien también lo fueron y hermanos de estos, Theodora Blanca mujer de Tomás de Castro difunto, Juana Blanca mujer de Domingo Bardullas y Dominga Blanca que lo fue de Francisco Santamaría”, poseedores del otro tercio (sobre los Blanca véase “Xacobeo 2021: la Puerta Santa de Finisterre”).

La parte de Alberto Casas fue para “Domingo Marcote alias Capa como marido de Pasqua Fernandez hija legítima” y sus hermanos Ciprián de Casas, Lucas de Casas, Ángela Fernández, María Nemiña viuda de Santiago Trillo y sobrinos.

Finalmente por Domingo Paz aparece su hija Dominga de Senlle viuda de Felipe de Castro.

Todos ellos acordaron que Antonio Ramón Valdivieso fuera el “cabeza de foro” (subforo sería correcto) para que “en nombre de los otorgantes pague y apronte en la ciudad de Santiago” la renta de Foro a Andrés de Soto y sucesores como también al arcediano de Santa Tasia.

Resultando que por la partición y liquidación de los bienes vinculados y herencia de D. Fernando Pérez de Valdivieso hicieron el 18 de enero de 1828 D. Juan Márquez y D. José Porrúa Valdivieso, también se disgrega el subforo del foro que percibía en esa época D. Gabriel Cervela.

Área aproximada que ocupaba el foro del lugar y casal de Escarís en el valle de Duio según las escrituras de las fincas documentadas (diseño J.G.Satti)

Fincas conocidas como Lagares, Rouris, Fradega, Agra, Braña, Prado, Tallo, Aguillons, etc.; del cupo heredado por Juan Márquez, en gran parte las llevaba D. José Trillo Escarís que casó con Ramona Senlle (A Xineta) del lugar de Castrexe, que tuvieron a María Trillo Senlle casada con Juan Bouzas López de Toba; padres de José Bouzas Trillo casado con Aurora Buiturón Canosa que tuvieron a: Alfonso Juan José (mi abuelo), Eugenio, Manuel, Plácido, Crisanto, Francisco y Aurea.

La Ley de Desamortización de Pascual Madoz de 1 de mayo de 1855, por la que se declaran en estado de venta los predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes al clero, a las órdenes de Santiago, Alcántara, Calatrava, Montesa y San Juan de Jerusalén, a cofradías, obras pías y santuarios, al Estado, a los propios y comunes de los pueblos, y a “manos muertas” en general, ya estén o no mandados vender por leyes anteriores; fue una medida que permitió a los campesinos fisterrans convertirse en propietarios de las tierras que venían trabajando históricamente, haciendo que el régimen foral llegara a su fin.

PORTADA valle de Duio en Fisterra

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