2.1 C
Santa Comba
martes, marzo 26, 2024

La disputa del Castillo de Vimianzo:el Arzobispo Fonseca contra el Vizconde de Finisterre

//Juan Gabriel Satti Bouzas//

El fin de semana proximo pasado se llevó a cabo larepresentación de la Revuelta Irmandiña de 1967 llamada «Asalto ao Castelo«, concello de Vimianzo, en la que participan activamente los asistentes de una representación teatral acompañada de una batalla y posterior toma del castillo. 

Hasta ahí la ficción, la historia real continúa con el Arzobispo de Santiago Alonso II de Fonseca apoderándose del castillo en el año 1472, para su reconstrucción después de las revueltas populares; aunque reclamará su propiedad por derechos hereditarios unos años más tarde por Lope Sánchez de Moscoso,  Conde de Altamira y primer miembro al que los Reyes Católicos otorgaron dicho título real, pero que ya ostentaba el no menos real de «Visconde de Finisterra» (sic).

En efecto, el rey Enrique IV concedió el 27 de julio de 1473 el título de vizconde junto con la villa de Finisterre a Don Lope Sanchez de Moscoso y así lo certifican escrituras de 1512 encontradas en la fortaleza de Altamira con la breve sentencia: Tytulo del Viscondado de Finisterra pero lamentablemente se ha perdido el documento original que recoge la entrega de la dignidad vizcondal y su puerto.

Puerto que hasta 1430 había sido posesión de Don Fadrique, duque de Arjona y conde de Trastámara, confiscándosele en favor del arzobispo compostelano Rodrigo de Luna según algunos historiadores. Pero consta que en 1461 doña Juana de Castro, abuela de nuestro protagonista y dotada por el dicho duque de Arjona con  puertos y villas, hace justificar una toma de 22.000 mrs. sobre las alcabalas de Finisterre y Cee del año precedente señalando que lo hizo para pagar la gente que el corregidor fray Arias del Río le había mandado traer en servicio del rey.Lo que demuestra el señorío que ejercía  la familia en la zona.  

Es aquí cuando los caminos del futuro vizconde y el Arzobispado de Santiago se cruzan en el reclamo de dicha juridicción: ya estamos en 1471 y el arzobispo Don Alfonso de Fonseca cae derrotado en la guerra tardofeudal que mantuvo contra los caballeros rebeldes de una Galicia dominada por la anarquia en la que «se robaban y mataban unos a otros y de tal manera que ninguno hera señor de lo que tenía» (Pleito Tabera-Fonseca, pp. 324) y donde Lope de Moscoso se hace con las fortalezas de Altamira, Cira, Vimianzo y Mens.

Vista la situación es lógica la concesión de posesiones y titulos reales a los vencedores con el fin de hacerse aliados y poner paz en la región, lo que no impidió que la perseverancia en su denuncia y reclamo del arzobispo, siempre más preocupado por las rentas que por los pobres, surtiera efecto y tres meses después de otorgar el vizcondado en 1473, el Rey se retractara aduciendo que dicho título es falso y que no tiene derechos sobre la villa.

Lo que parece una actitud más por contentar a Fonseca que para hacer cumplir el mando, pues Don Lope continúa utilizándolo hasta 1475; año en que los Reyes Católicos dirimen el pleito quitándole el puerto de Finisterre y el nombramiento pero elevándolo a la categoría de Conde de Altamira, nobleza que sus generaciones posteriores dejaron testimonio hasta hoy con el escudo condal en la fachada principal de la iglesia de la villa Santa María das Areas.

Una prueba del favor real que Don Lope Sanchez de Moscoso disfrutaba lo confirma el privilegio concedido el 24 de junio de 1474 por Enrique IV al beneficiarlo junto a Diego de Muros, el Obispo de Tuy, con 80.000 mrs. de renta para cada uno: «…yo el rey fago saber a vos los mis contadores mayores que yo acatando los muchos e buenos e leales e señalados servicios quel reverendo padre don diego de muros obispo de tuy e del mi consejo e don lope de moscoso visconde de finisterra pertyguero mayor de Santiago me a fecho e fase de cada dya e espero que fará de aquí en adelante mi merced este año de la fecha deste mi alcala e dende en adelante en cada año por juro de heredad para syempre jamas ciento e sesenta mil maravedis cada uno de ellos e meytad para ellos e para sus herederos e sucesores…sytuados e puestos por salvados en quales quier mis Rentas de alcaualas etercias…a veynte dyas de junio del nascimiento del nuestro señor ihesucristo de mil e quatrocientos e sesenta e quatro años yo el Rey…» (Archivo de Simancas, leg 85, folio 137). Pero es que además este privilegio fue reafirmado, con los mismos términos, meses después «en la villa de Madrid a veynte e dos dyas de noviembre» del mismo año. Los 80.000 mrs. citados fueron situados en las alcabaldas de Finisterre, Malpica, Muxia y Muros.

Por cuanto no hay motivo para dudar  de la existencia del Vizcondado de Finisterre y que si no permaneció más allá de un bienio, «fue por los beneficios de un puerto que el arzobispo de Santiago reclamaba para sí» ( O titulo vizcondal de Fisterra, pp. 422-425 Ana Framiñan Santas).

 

Artículo anterior
Artículo siguiente

Pódeche interesar

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí
Captcha verification failed!
La puntuación de usuario de captcha falló. ¡por favor contáctenos!
spot_img
spot_img

Síguenos

7,820FansMe gusta
1,661SeguidoresSeguir
1,826SeguidoresSeguir
1,220SuscriptoresSuscribirte

Últimos artigos