El Tribunal Supremo no ha admitido un recurso presentado por la Xunta de Galicia y por la empresa Engasa Lagoa y se mantiene la suspensión cautelar de la autorización del parque éolico Lagoa II en los ayuntamientos de Santa Comba y Zas.
El Alto Tribunal basa la inadmisión a la falta de “fundamentación suficiente y singularizada al caso” de la concurrencia de los supuestos de interés casacional.
Riesgos ambientales
Se impone el pago de las costas procesales a la Xunta, por importe de 1.000 euros y a la empresa, por 500 euros. La medida cautelar fue solicitada por la asociación Petón do Lobo y tomada en cuenta por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en uno de los 60 autos de suspensión dictados en esa dirección, estimando que los riesgos ambientales del Parque eólico Lagoa II serían podrían ser irreparables.
Desde la Xunta de Galicia señalan que la situación no cambia y continúa pendiente la sentencia y que este auto no entra en el fondo de la cuestión. Sostiene el gobierno gallego que defenderá la autorización de este parque en los tribunales.