La Patrulla del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil de Corcubión investigó a tres vecinos de Mazaricos como presuntos autores de un delito de vertido continuado de aguas residuales.
Los hechos ocurrieron a raíz de una denuncia interpuesta por una vecina de la localidad en dependencias oficiales de la mencionada Unidad.
En la misma comunicaba que se estaban produciendo vertidos desde una explotación ganadera próxima a su vivienda y contaminando un pozo que utilizaba para consumo humano y animal.
La Guardia Civil inició una investigación en aras de corroborar la veracidad de los mismos e identificar al autor o autores en su caso.
Los miembros del Seprona procedieron a la realización de la pertinente inspección ocular junto con la inspección administrativa de la explotaciónganadera. Realizaron también las muestras del pozo en la propiedad de la vecina afectada y en una escorrentía procedente de la explotación ganadera, enviando dichas muestras tanto al Laboratorio de Salud Pública como al de Medio Ambiente de Galicia.
Una vez recibidos los resultados de los informes de ensayo de las aguas, La Guardia Civil observó valores en algunos parámetros de más de 2000 unidades superiores a las permitidas para el agua de consumo humano según establece Real Decreto 140/2003.
Una vez se pudo comparar los resultados de las dos analíticas de los laboratorios, observó una causa-efecto de dicha contaminación de las
Aguas de consumo humano del pozo de la denunciante, observó unos parámetros que son alterados por la contaminación que se alarga en el
tiempo y otros parámetros producidos por contaminación puntual. Este motivo induce a pensar que dichos vertidos se están produciendo de forma continuada desde el año 2017 como denunció la afectada en dos denuncias interpuestas ante Aguas de Galicia en el año 2017 y 2019
La Guardia Civil procedió a investigar a los tres propietarios de la Explotación ganadera como supuestos autores de un delito de vertido continuado de aguas residuales (artículo 325 de la Ley Orgánica 10/1995