El Equipo de Seprona de la Guardia Civil de A Coruña procedió a la investigación de tres vecinos de Vimianzo como presuntos autores de un delito contra la fauna, tras la colocación de una sustancia tóxica (metaldehído) sobre el cadáver de un caballo en el Monte Redondo, Vimianzo. Los hechos se iniciaron en el marco de la Operación Vestimenta, a finales de octubre de 2017, tras tenerse conocimiento de la existencia de un cebo que podría causar graves daños en la fauna depredadora silvestre, mayoritariamente lobos y coincidiendo con unos supuestos ataques a la cabaña ganadera que pasta en régimen de semilibertad en los montes de Vimianzo.
En el trascurso de la investigación, ha sido de gran importancia la colaboración de los agentes adscritos al Servicio reconservación de la Naturaleza, de la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio con base en Vimianzo, Activando el plan de acción parra la lucha contra el uso ilegal de veneno en el medio rural de Galicia.
Dos de los investigados poseen ganado que pasta en la zona del Monte Redondo y uno de ellos es el propietario del caballo en el que se depositó el metaldehído con la finalidad de intoxicar a los lobos.
En la actualidad la colocación de cebos envenenados en el medio natural produce anualmente la muerte de gran número de ejemplares de fauna silvestre, incluso protegida, así como de animales domésticos, por lo que constituye un importante factor de riesgo para la conservación de las especies amenazadas, al mismo tiempo que para la salud de las personas. Motivado por ello, mediante Orden de 20 de marzo de 2017 de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se aprobó el “Plan de acción para la lucha contra el uso ilegal de veneno en el medio natural de Galicia”, siguiendo las directrices de la Estrategia Nacional contra el uso ilegal de cebos envenenados en el medio natural, aprobada el 23-09-2004, por la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza. Dicho plan se configura como un conjunto de actuaciones a realizar por la Consellería competente en conservación de la naturaleza, en coordinación con otros departamentos autonómicos y otras administraciones y fuerzas de seguridad, con la finalidad de reducir y finalmente erradicar el uso ilegal del veneno en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
El uso de veneno o cualquier método de destrucción masiva o no selectiva como método de control de predadores, o con cualquier fin, está expresamente prohibido por la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, y por la Directiva 2009/147/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres.
En el ámbito nacional, el uso de veneno o cualquier otro método de destrucción masiva o no selectiva, está expresamente prohibido por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad.
A nivel autonómico, se considera infracción administrativa a la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, la muerte de la fauna silvestre, la destrucción de su hábitat y la utilización ilegal de productos químicos en el medio natural; y a la Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia, la utilización, tenencia y porte de métodos masivos y no selectivos para la caza.
El uso de veneno, en concreto, y de cualquier método de destrucción o muerte masiva en general, está además tipificado como supuesto delito en el vigente Código Penal (artículo 336). Resaltar que la conducta punible no sólo consiste en la caza o pesca de especies animales cuya caza o muerte está prohibida, sino también en la utilización de métodos prohibidos por las leyes, entre los que figura el uso de veneno.
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