Las criptomonedas ya forman parte de la cartera de inversiones de muchas personas. Bitcoin, Ethereum, Cardano ou otras monedas virtuales ya están en posesión de una parte de la sociedad.
Y todavía surge la duda con respecto a cómo debemos actuar con nuestras criptomonedas ahora que estamos en plena campaña de la Declación de la Renta.
Tributar por criptomonedas
En el programa Na Encrucillada de Radio Xallas ha respondido a esta pregunta Pilar Otero Moar, que es la Presidenta del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia.“No las tengo que declarar mientras no las venda.Pero si yo pago un bien, con una criptomoneda automáticamente las estoy trasmitiendo. Ahí puede haber una variación patrimonial.Si las tengo congeladas, no hay que declarar”.
Si vendes criptomonedas
En este sentido desde Gestores Administrativos recuerdan que “los contribuyentes que hayan invertido en criptomonedas, han de tenerlas en cuenta a la hora de tributar ya que podrían incurrir en sanciones si no las declaran correctamente. La compra de estos activos digitales con cifrado criptográfico no implica la obligación de pagar impuestos, pero sí surge cuando se venden, como ocurre con las acciones”.
En el caso de obtener ganancia shay que tener en cuenta que estas tributan por tramos. Por los primeros 6.000 euros ganados se paga un 19% de IRPF; de 6.001 a50.000 euros un 21%; de 50.001 a 200.000 euros un 23%; y a partir 200.001 euros un 26%.