La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado la pena de siete años y medio de prisión (con límite de cumplimiento de cuatro años y medio) que el juez de primera instancia le impuso al empresario M.A.G.S., quien figuraba como titular de la orquesta París de Noia desde el año 1999, por cometer cinco delitos contra la hacienda pública relativos a los impuestos del IVA de los años 2011-2012 y del IRPF de 2010-2012. Además, deberá abonar una multa de 360.000 euros y una indemnización a la hacienda pública de 1.192.873 euros.
La Audiencia, no obstante, ha estimado en parte el recurso del empresario contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña y ha suprimido la condena de cinco meses de cárcel impuesta por la comisión de un delito contable al entender que queda absorbido por la defraudación tributaria, pues era la finalidad última del acusado.
El tribunal considera acreditado que el acusado, tras disolver la personalidad jurídica de la orquesta París de Noia mediante la contratación de las oficinas y sociedades del Grupo Lito, “obvió llevar la preceptiva contabilidad mercantil, libros o registros fiscales, escondiendo los ingresos y gastos obtenidos y sufridos respectivamente por la orquesta París de Noia”.
El condenado, tal y como consta en la resolución de primera instancia confirmada por la Audiencia, mantuvo la orquesta bajo la forma jurídica de una comunidad de bienes desde enero de 1999 hasta el 31 de julio del 2008. A partir de esa fecha, con la intención de eludir impuestos, decidió mantener opaca la titularidad de la París de Noia, “disolviendo la comunidad de bienes y perdiendo así la orquesta su personalidad jurídica”, por lo que utilizó sociedades integradas en el Grupo Lito para eludir el pago de tributos.
Fuente Nota de prensa del Poder Judicial